Noticias

PROCEDE LA DEVOLUCIÓN DEL IIVTNU (PLUSVALÍA), AUNQUE LA LIQUIDACIÓN SEA FIRME, SI NO EXISTIÓ INCREMENTO DE VALOR Y SE PAGÓ POR UNA GANANCIA QUE NO SE PRODUJO

PROCEDE LA DEVOLUCIÓN DEL IIVTNU (PLUSVALÍA), AUNQUE LA LIQUIDACIÓN SEA FIRME, SI NO EXISTIÓ INCREMENTO DE VALOR Y SE PAGÓ POR UNA GANANCIA QUE NO SE PRODUJO

En un comunicado publicado en la web del Poder Judicial se adelanta el fallo de la Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de febrero de 2024 en la que la Sala afirma que procede la devolución del IIVTNU (plusvalía) pagada, aunque la liquidación sea firme cuando en la transmisión de la que deriva dicha liquidación no existió incremento de valor y, por tanto, se pagó por una ganancia que realmente no se produjo.

En esta sentencia, el Tribunal Supremo revisa su anterior jurisprudencia, y concluye que, al no existir ninguna limitación de efectos en la declaración de inconstitucionalidad que hizo la STC 59/2017, de 11 de mayo de 2017, las liquidaciones firmes por plusvalía que obligaron a pagar a los contribuyentes en estos casos, en los que no existió ningún incremento de valor de los terrenos, son nulas de pleno derecho, y que la regla general que impone la Constitución para estos casos es limitar al máximo posible los efectos de la ley inconstitucional.

Miembros de:

Image
Image
Image
Image

Despacho en Tortosa

Dirección
Lluis Canalda, 2, 3ª pl.
43500 Tortosa
 
Teléfono
977 44 66 24
 
Horario
De 9:00h a 17:00h de Lunes a Jueves

De 9:00h a 14:00h los Viernes

 

Despacho en Tarragona

Dirección
Rambla Nova 96, 2ª 1ª
43001 Tarragona
 
Teléfono
977 23 78 11
 
Horario
De 9:00h a 17:00h de Lunes a Jueves

De 9:00h a 14:00h los Viernes

 

Despacho en Barcelona

Dirección
Carrer Girona 38, 1ª 1ª
08010 Barcelona
 
Teléfono
932 65 35 05
 
Horario
De 9:00h a 17:00h de Lunes a Jueves

De 9:00h a 14:00h los Viernes

 
Image
Image
© 2024 Todos los derechos reservados . Diseño web Solpronet